Duración. Modalidad.
10 horas (mínimo) en modalidad presencial.
Destinatarios.
Vigilantes de seguridad que, en aplicación de la sección 3.ª (Formación permanente) de la Orden INT/318/2011 (artículo 8), y de la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada, requieran una formación específica para la prestación de los concretos tipos de servicios de seguridad citados en ambas normativas, por ser necesaria una mayor especialización del personal que los desempeña.
Objetivos.
Se formará al alumno para la obtención del título requerido para la prestación de servicios de seguridad privada en aplicación del Anexo IV, apartado 1, de la Orden INT/318/2011, sobre personal de seguridad privada y de la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada.
Contenidos.
- Tema 1. La seguridad en Centros Hospitalarios. Características generales. Zonas y áreas de seguridad. Protección de edificios. Análisis de riesgos y amenazas.
- Tema 2. Características del servicio de seguridad. Sala de control. Áreas controladas. Circuito cerrado de vigilancia. Sistemas de almacenamiento digital de imágenes. Cerramiento y control de dependencias.
- Tema 3. Organización de la seguridad y procedimiento de actuación. Control de accesos de personas. Control de vehículos. Estacionamientos exteriores. Control de llaves. Control de paquetería y mercancías. Control de sistemas de seguridad. Actuación ante riesgos excepcionales: intrusión en área restringida. Intrusión en un área vital.
- Tema 4. Medidas preventivas ante situaciones de emergencia. Tipos de emergencia. Actuación ante mensajes de alerta y alarma. Planes de evacuación. Prioridades en la evacuación. El comportamiento humano en situaciones de emergencia.
- Tema 5. Prevención de riesgos laborales. Áreas hospitalarias. Especial consideración a la exposición a contaminantes químicos, biológicos o radiológicos.
- Tema 6. Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Material didáctico.
Los cursos dispondrán del material didáctico correspondiente y oportuno según cada caso:
- Bolígrafo y bloc de notas.
- Manual apropiado a la materia.
- Fotocopias.
- Material de apoyo: Retroproyector transparencias, videoproyector, televisor y reproductor DVD, conexión Internet ADSL banda ancha, fax, impresora láser, escáner, pizarras tipo ‘velleda’.
Equipos (si fueran necesarios):
- Defensa y grilletes reglamentarios Seguridad Privada.
- Revólver homologado Seguridad Privada (calibre 38 SP) y munición (cartuchería).
- Pistola 9 mm. parabellum y munición (cartuchería).
- Mochila reanimación y maniquíes reanimación cardiopulmonar para primeros auxilios.
- Desfibrilador semiautomático (DESA) para prácticas primeros auxilios.
- Bandeja de fuego ecológico.
- Extintores Polvo ABC.
Profesorado.
Formación guiada por un instructor. Los cursos son impartidos por personal especializado, con las habilitaciones o acreditaciones profesionales exigidas por la legislación, con capacidad pedagógica demostrada y con amplia experiencia en cursos ajustados a los objetivos marcados.
La formación en aulas puede incluir teoría, práctica y formación orientadas a tareas determinadas.
Evaluación de los resultados.
A estos efectos, y en función de las características del programa de formación, se pueden evaluar los resultados de alguna de las siguientes formas:
- Evaluación por el propio interesado (satisfacción con contenidos, métodos empleados, calidad de los profesores, condiciones de desarrollo y utilidad de los aprendizajes obtenidos). Se contempla esta opción como la idónea para las acciones formativas de menos de 20 horas de duración.
Para evaluar la eficacia de las acciones formativas, los receptores de la formación cumplimentan una encuesta post-formación, documento que se corresponde con el modelo de Formación Continua facilitado por FUNDAE. - Evaluación de los conocimientos y habilidades adquiridos en la formación. Cuando sea necesario u obligatorio legalmente, mediante pruebas de conocimiento o situaciones de prueba. En cualquier caso, se realizarán cuando la formación supere las 20 horas lectivas.
Emisión de diplomas y/o certificados.
Al finalizar cada acción, el alumno tendrá derecho a que Tiempo de Formación le expida, además de los certificados o diplomas ofrecidos por los centros proveedores de formación, administraciones públicas o agentes sociales si hubiera lugar, un justificante de asistencia a las sesiones del curso, con expresión de la duración expresada en número de horas, y de los contenidos del curso recibido siempre que la asistencia sea superior o igual al 75% del total de las horas lectivas programadas y desaparecerá cuando la asistencia haya sido inferior al 50%(*).
Asistencia Titulación